Título TÍTULO III

Art. 9

En vigor desde 10 jul 2012
1. A efectos de proceder a una reordenación de efectivos y de reforzamiento de los sectores prioritarios, en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid que darán en situación de vinculación a la inmediata convocatoria de concurso de traslados de las categorías correspondientes, que deberá publicarse antes del 1 de octubre de 2012, los puestos de trabajo de personal laboral no vinculados a Oferta de Empleo Público que, a la entrada en vigor de la presente ley, se encuentren ocupados por: a) Personal laboral indefinido no fijo, reconocido mediante sentencia judicial. b) Personal laboral temporal contratado al amparo del artículo 17 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior, se notificará al personal afectado la vinculación de sus puestos de trabajo a dicho concurso de traslados. 3. Los puestos de trabajo que no resulten adjudicados en dicho concurso podrán ser adscritos orgánicamente a otras unidades administrativas dentro de los sectores prioritarios de la Comunidad de Madrid o amortizados, en su caso.
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eli/es-md/l/2012/07/04/4#art-9

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