Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

En vigor desde 19 oct 2012
De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, los derechos sociales de los valencianos y las valencianas representan un ámbito inseparable del respeto de los valores y derechos universales de las personas y constituyen uno de los fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana.
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eli/es-vc/l/2012/10/15/4#art-2

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