Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Principios de buen gobierno
Art. 30
DerogadoEn vigor desde 10 abr 2011
1. Esta sección es aplicable a los miembros del Gobierno de las Illes Balears, a los altos cargos, al personal eventual y a todo el personal que ocupe cualquier puesto de trabajo de naturaleza directiva de la administración autonómica, sea cual sea su denominación.
2. Igualmente, es aplicable al personal directivo, a los órganos directivos y al personal eventual de los entes que forman el sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2011/03/31/4#art-30