Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección tercera. Procedimiento
Art. 37
En vigor desde 1 ene 2010
1. Una vez elaborada la propuesta de resolución, se trasladará a los interesados para que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, aleguen lo que estimen conveniente y aporten, en su caso, la documentación que consideren procedente.
2. Concluido el trámite anterior, y tomando en consideración la incidencia ambiental del proyecto en su conjunto, se elaborará la propuesta de resolución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2009/05/14/4#art-37