Capítulo Capítulo IV

Art. 28

En vigor desde 3 dic 2008
1. La ejecución del Presupuesto de la Agencia corresponde a la persona titular de la Dirección. El Comité Ejecutivo informará trimestralmente al Consejo Rector sobre el estado de ejecución del Presupuesto de la Agencia. 2. El pago material se realizará mediante firma mancomunada de las personas titulares de la Presidencia y de la Dirección de la Agencia, en los términos que se desarrollen reglamentariamente.
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eli/es-cb/l/2008/11/24/4#art-28

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