Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 17
En vigor desde 14 feb 2007
La coordinación de las universidades valencianas corresponde a la Generalitat, y se ejerce en el marco de lo establecido en la presente Ley, sin perjuicio de las competencias reservadas al Estado y a las universidades en la Ley Orgánica de Universidades y demás normativa de desarrollo.
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Proeli/es-vc/l/2007/02/09/4#art-17