Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos de información y asesoramiento

Art. 13

En vigor desde 10 abr 2007
1. Mediante convenios del Instituto Aragonés de la Mujer con las comarcas, y a través de los centros comarcales de información y servicios a la mujer, se ofrecerán los servicios de información y asesoramiento a las mujeres víctimas de violencia. 2. Los centros comarcales de información y servicios a la mujer se configuran como un servicio social dependiente de las comarcas en los que se presta, de forma gratuita, asesoría jurídica, psicológica y social a mujeres, especialmente a aquellas víctimas de la violencia. Estarán dotados de equipos multidisciplinares que facilitarán una atención integral y acorde con los distintos programas que se lleven a cabo desde otras instituciones.
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eli/es-ar/l/2007/03/22/4#art-13

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