Título TÍTULO VI
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 8 may 2005
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, y a propuesta del Consejo Consultivo, el Consejo de Gobierno adaptará el Reglamento Orgánico a las disposiciones de la misma.
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Proeli/es-an/l/2005/04/08/4#disposicion-final-tercera