Título TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 6 nov 2005
En un plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se aprobará el Decreto de estructura orgánica del Instituto Cántabro de Estadística para acomodarlo a la presente Ley.
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eli/es-cb/l/2005/10/05/4#disposicion-final-segunda

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