Título TÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 7 abr 1999
De conformidad con la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y con la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, son establecimientos y servicios de atención farmacéutica:
1. Los de dispensación y asistencia a la población:
a) Las oficinas de farmacia.
b) Los botiquines farmacéuticos.
c) Los servicios farmacéuticos de las estructuras de Atención Primaria.
d) Los servicios de farmacia de los hospitales y centros sociosanitarios y penitenciarios.
e) Los depósitos de medicamentos de los hospitales y centros sociosanitarios y penitenciarios.
2. Los de distribución de medicamentos de consumo humano: Los almacenes mayoristas de distribución de medicamentos y productos sanitarios.
3. Los de distribución y dispensación de medicamentos de uso veterinario legalmente habilitados para ello.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1999/03/25/4#art-2