Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 19 jul 1997
A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
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Proeli/es-cm/l/1997/07/10/4#disposicion-derogatoria