Título TÍTULO IX
Art. 33
En vigor desde 1 ene 2010
Se crea un Consejo asesor y consultivo en materia de protección de animales de compañía que tendrá las funciones de asesoramiento para el cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia y que actuará como órgano de consulta.
Se añade por el art. 49 de la Ley 12/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-1279 .
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1994/07/08/4#art-33