Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 30 abr 1993
Los documentos o fondos de Archivo de titularidad autonómica que en cumplimiento de esta Ley deban ingresar en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid lo harán formalizadas las oportunas relaciones de entrega, en el plazo de un año, a partir de la publicación de la normativa correspondiente.
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