Título TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 19 mar 1991
Se autoriza a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar las modificaciones presupuestarias que permitan dotar al Instituto, por lo que resta de ejercicio, de los recursos necesarios con cargo a las consignaciones que para el cumplimiento de los fines del citado Instituto recoge el programa 542.20 en los Presupuestos vigentes.
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