Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimocuarta

En vigor desde 1 sept 1994
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única.q).2 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Ref. BOE-A-1994-14960#ddunica . Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 184, de 2 de agosto de 1990. Ref. BOE-A-1990-18511

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eli/es/l/1990/06/29/4#disposicion-adicional-decimocuarta

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