Art. Disposición transitoria

En vigor desde 12 ago 1985
La presente Ley no será de aplicación a los Senadores represen­tantes de la Comunidad Autónoma designados para la actual legislatura del Senado, salvo en caso de vacante.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1985/06/26/4#disposicion-transitoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil