Capítulo DISPOSICIONES ADICIONALES

Art. Dos

En vigor desde 5 may 1981
El Patronato del Parque Nacional quedará constituido en el plazo de dos meses, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1981/03/25/4#dos

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil