Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Prestaciones del sistema
Art. 15
En vigor desde 23 oct 2026
1. El Catálogo de servicios comprende los siguientes servicios sociales de promoción de la autonomía y atención a la dependencia, en los términos que se especifican en este capítulo:
a) Servicio de prevención de la situación de dependencia.
b) Servicio de promoción de la autonomía personal.
c) Servicio de teleasistencia.
d) Servicio de ayuda a domicilio.
e) Servicio de asistencia personal.
f) Servicio de centro de día y de noche.
g) Servicio de cuidados y apoyos en viviendas.
h) Servicio de atención residencial.
i) Servicio de provisión de productos de apoyo para la autonomía personal.
2. Los servicios establecidos en el apartado 1 se regulan sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
Se modifica el apartado 1 por el .11 de la Ley 4/2026, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2026-20528#as
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/12/14/39#art-15