Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 8 jul 2012
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.c) de la Ley 3/2012, de 6 de julio. Ref. BOE-A-2012-9110 . Téngase en cuenta que esta disposición ya fue derogada por el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero. Se deroga por la disposición derogatoria única.1.b) del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero. Ref. BOE-A-2012-2076 . Se modifican los apartados 2 y 7 por el .2 y 3 del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto. Ref. BOE-A-2011-14220 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2010/09/17/35#disposicion-transitoria-tercera