Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Rendimientos del trabajo

Art. 20

En vigor desde 28 jun 2024
Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías: a) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.852 euros: 7.302 euros anuales. b) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 14.852 euros, pero iguales o inferiores a 17.673,52 euros: 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros anuales. c) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales. A estos efectos, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de esta Ley. Como consecuencia de la aplicación de la reducción prevista en este artículo, el saldo resultante no podrá ser negativo. Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2024, por el .1 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2024-12944#a3 Se modifica por el .1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#a5-11 Se modifica por el .1 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#ar-59 Se modifica por el .12 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-12327 . Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2011, por el .1 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-19703 . Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2010 por el .1 del a Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765 Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2009 por el .1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744 Se modifica, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2008 por el .1 de la Ley 51/2007, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-22295

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eli/es/l/2006/11/28/35#art-20

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