Art. Disposición final novena

En vigor desde 12 oct 2015
Esta Ley se dicta al amparo de las competencias del Estado establecidas en el artículo 149.1. 1.ª, 3.ª, 8.ª, 10.ª, 14.ª y 18.ª de la Constitución. Las Disposiciones finales primera y tercera se dictan al amparo de las competencias del Estado establecidas en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2015/09/21/34#disposicion-final-novena

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil