Art. Disposición final duodécima

En vigor desde 12 oct 2015
Esta Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante lo anterior, se establecen las siguientes normas específicas de entrada en vigor: 1. Las modificaciones introducidas en el artículo 29 y en el artículo 200 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, entrarán en vigor el 1 de enero de 2017. 2. Los apartados dos y tres de la disposición final segunda entrarán en vigor a los tres meses de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/l/2015/09/21/34#disposicion-final-duodecima

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