Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 28 dic 2014
La aplicación del nuevo sistema de liquidación directa de cuotas establecido en esta ley no limitará el derecho de los trabajadores y de sus representantes legales a la información sobre la cotización mensual a la Seguridad Social.
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eli/es/l/2014/12/26/34#disposicion-adicional-primera

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