Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 181
En vigor desde 1 may 2006
1. Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de la sociedad se efectuarán por el consejo de administración, a propuesta del ministro de tutela.
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única de la Ley 5/2006, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2006-6473
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2003/11/03/33#art-181