Art. 181
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 181

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En vigor desde 1 may 2006
1. Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de la sociedad se efectuarán por el consejo de administración, a propuesta del ministro de tutela. Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única de la Ley 5/2006, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2006-6473

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Pro

eli/es/l/2003/11/03/33#art-181