Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 157
En vigor desde 31 mar 2012
La coordinación de la gestión de los edificios administrativos utilizados por la Administración General del Estado y sus organismos públicos corresponde al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas con la asistencia de la Comisión de Coordinación financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales.
Se modifica por el .3 del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4441 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2003/11/03/33#art-157