Título TITULO V›Capítulo CAPITULO III
Art. 81
En vigor desde 1 ene 1988
El Estado reembolsará durante 1988 al Instituto de Crédito Oficial por las cantidades anticipadas para el pago de la subvención establecida para las diferencias de coste y rendimiento a las Instituciones financieras de la Ley 11/1983, de 16 de agosto, de Medidas Financieras de estímulo a la Exportación.
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Proeli/es/l/1987/12/23/33#art-81