Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 19 abr 2007
La presente Ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.7.ª y en el artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española.
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Proeli/es/l/2006/10/18/32#disposicion-final-primera