Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 19 abr 2007
Lo establecido en la presente Ley se aplicará plenamente a las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Texto Refundido, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, con las especialidades que se deriven de dicha Ley.
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eli/es/l/2006/10/18/32#disposicion-adicional-segunda

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