Libro LIBRO IVTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Ejecución del contrato de gestión de servicios públicos

Art. 255

En vigor desde 30 abr 2008
1. El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo, y, en su caso, a la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación. 2. En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate.
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eli/es/l/2007/10/30/30#art-255

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