Título Título X›Capítulo Capítulo II
Art. Disposición adicional séptima
En vigor desde 27 feb 1993
Los procedimientos administrativos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para la extensión de actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social se regirán por su normativa específica y, subsidiariamente, por las disposiciones de esta Ley.
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Proeli/es/l/1992/11/26/30#disposicion-adicional-septima