Título Título IXCapítulo Capítulo II

Art. 136

En vigor desde 27 feb 1993
Cuando así esté previsto en las normas que regulen los procedimientos sancionadores, se podrá proceder mediante acuerdo motivado a la adopción de medidas de carácter provisional que aseguren la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.
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eli/es/l/1992/11/26/30#art-136

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