Art. 136
Título Título IXCapítulo Capítulo II

Art. 136

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En vigor desde 27 feb 1993
Cuando así esté previsto en las normas que regulen los procedimientos sancionadores, se podrá proceder mediante acuerdo motivado a la adopción de medidas de carácter provisional que aseguren la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.
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eli/es/l/1992/11/26/30#art-136