Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 42
En vigor desde 3 jul 2026
El Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional queda modificado como sigue:
Único. Se suprime el apartado 2 del artículo 16 del Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional, que queda con la siguiente redacción:
«Artículo 16. Agrupaciones de secretaría. 1. Las entidades locales, cuya secretaría esté clasificada en clase tercera y cuyo volumen de recursos o servicios sean insuficientes, podrán sostener en común y mediante agrupación el puesto de trabajo de secretaría de clase tercera, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones propias de este puesto en todas las entidades agrupadas. 2. [Suprimido] 3. En ningún caso podrán aprobarse agrupaciones de más de tres entidades locales.»
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Proeli/es-vc/l/2026/06/29/3#art-42