Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª El Consejo de Gobierno Insular

Art. 68

En vigor desde 30 jun 2026
1. El Consejo de Gobierno Insular responde políticamente ante el Pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión. 2. Los miembros del Consejo de Gobierno Insular ejercen su cargo en régimen de dedicación exclusiva y están sujetos al mismo régimen de incompatibilidades que se les aplica a los miembros del Gobierno de Canarias.
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eli/es-cn/l/2026/06/16/3#art-68

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