Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 124
En vigor desde 9 abr 2026
La Consejería competente en materia forestal contará con una unidad administrativa, con nivel de subdirección general, dedicada a la gestión de los incentivos previstos en la presente ley.
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Proeli/es-an/l/2026/03/13/3#art-124