Art. Disposición final primera

En vigor desde 10 may 2024
Los consejos insulares podrán, a través de un reglamento ejecutivo, modificar las normas contenidas en la disposición adicional quinta de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2024/05/03/3#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil