Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 27
En vigor desde 1 may 2023
1. Las Administraciones autonómica y local, en el ámbito de sus competencias, actuarán bajo el principio general de prevención de la generación de residuos, la disminución de su poder contaminante y la mejora en su gestión, con el fin de cumplir con la jerarquía de residuos y alcanzar los objetivos de economía circular y de lucha contra el cambio climático y sus efectos en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Las Administraciones autonómica y local, en el ámbito de sus competencias, adoptarán medidas para aumentar la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos, la promoción de los hábitos de consumo responsable, reutilización de productos y separación y reciclado de residuos entre la población, así como para el cumplimiento de los objetivos en materia de gestión de residuos marcados por la normativa vigente.
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Proeli/es-an/l/2023/03/30/3#art-27