Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 1 jun 2022
El Plan Asturiano de Estadística ordena, instrumenta y sistematiza la actividad estadística pública de interés para el Principado de Asturias con el fin ofrecer una recopilación consistente y actualizada de estadísticas oficiales que puedan dar respuesta, dentro del ámbito competencial autonómico, a las principales demandas de información de las instituciones, los agentes económicos y sociales, y del conjunto de la sociedad asturiana, adecuándose a los principios recogidos en la Ley del Principado de Asturias 7/2006, de 3 de noviembre, de Estadística.
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Proeli/es-as/l/2022/05/18/3#art-5