Título TÍTULO III
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 22 mar 2022
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, aprobará el reglamento para su desarrollo y ejecución.
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Proeli/es-ex/l/2022/03/17/3#disposicion-final-cuarta