Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 23
En vigor desde 22 jun 2022
1. De conformidad con lo establecido en la legislación estatal y autonómica en materia de transparencia de la actividad pública, las entidades locales menores son sujetos obligados por las normas de transparencia, en su doble vertiente de publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública por parte de todos los ciudadanos.
2. El Gobierno de Cantabria, a través del departamento competente en materia de Administración Local facilitará a las entidades locales menores la herramienta web que les permita cumplir con las obligaciones del apartado anterior en relación con la transparencia de la actividad pública y de publicidad activa.
3. El incumplimiento de las obligaciones de transparencia dará lugar a las sanciones recogidas en la regulación de la materia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2022/06/14/3#art-23