Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección primera. Modificación de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas
Art. 26
En vigor desde 1 ene 2021
Se modifica el apartado primero del artículo 30.2-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, que pasa a tener la siguiente redacción:
«1. Están exentos del pago de la tasa, en los supuestos de emisión de certificados y solicitud de obtención de copias en papel (o que conlleven la transformación de la información a un formato diferente) de expedientes obrantes en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana, cuando actúen en el ejercicio propio de sus funciones: a) Los juzgados y tribunales. b) La Sindicatura de Comptes. c) El Tribunal de Cuentas. d) El Síndic de Greuges. e) El Defensor del Pueblo. f) Las Corts Valencianes. g) Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. h) Las administraciones públicas.»
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Proeli/es-vc/l/2020/12/30/3#art-26