Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XII
Art. 44
En vigor desde 1 ene 2019
El plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos sancionadores en materia de servicios de comunicación audiovisual será de diez meses, a contar desde el dictado del acuerdo de inicio.
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Proeli/es-ga/l/2018/12/26/3#art-44