Libro ARTÍCULO 9. Aprobación de la parte final del libro sexto.

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 1 mar 2017
Se añade una disposición transitoria, la vigésimo primera, a la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales, con el siguiente texto: Vigésima primera. Aplicación del artículo 565-11.5. El artículo 565-11.5 del Código civil de Cataluña se aplica a todos los censos, cualquiera que sea la fecha de constitución. El cómputo del plazo se inicia en el momento de la entrada en vigor de la presente ley.
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eli/es-ct/l/2017/02/15/3#disposicion-final-sexta

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