Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 6
En vigor desde 18 jul 2014
1. Se crea la Red de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana de la que forman parte todas las vías pecuarias clasificadas y todas aquellas que en el futuro se clasifiquen. Esta red constituye una malla de corredores que poseen las características de trazado, longitud y anchura determinados en los correspondientes actos clasificatorios.
2. La Generalitat conservará este patrimonio natural mediante actuaciones de restauración medioambiental y adecuación a su uso público.
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Proeli/es-vc/l/2014/07/11/3#art-6