Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 26 abr 2011
Quedan derogadas por la presente ley las siguientes normas:
1. La Ley 8/1986, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Ordenación del Comercio y Superficies Comerciales.
2. La Ley 8/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana.
3. Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente ley.
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Proeli/es-vc/l/2011/03/23/3#disposicion-derogatoria-unica