Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 3
En vigor desde 16 may 2009
Esta Ley es de aplicación a todos los terrenos que tengan la condición de monte de acuerdo con lo dispuesto en el precepto anterior, en los términos consignados por el artículo 2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
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Proeli/es-cl/l/2009/04/06/3#art-3