Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 102
En vigor desde 15 may 2024
1. La Comunidad de Castilla y León promoverá la concentración de fincas forestales para mejorar su gestión y conservación.
2. En la concentración de fincas forestales será de aplicación el procedimiento previsto en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, y en el Decreto 1/2018, de 11 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de otras especialidades que pudieran establecerse reglamentariamente.
Se añade el apartado 2 por el .1 de la Ley 4/2024, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2024-14546
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2009/04/06/3#art-102