Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 24 jun 2009
1. El régimen jurídico del Instituto de Estadística de Extremadura será el contenido en la presente Ley, así como el establecido en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en las demás normas jurídicas que le sean de aplicación, gozando para el desarrollo de sus competencias de las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que la Administración de la Comunidad de Extremadura. 2. El Instituto de Estadística de Extremadura tiene personalidad jurídica pública diferenciada y tesorería y patrimonio propios, independientes de la Junta de Extremadura, así como autonomía de gestión.
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eli/es-ex/l/2009/06/22/3#art-2

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