Título TÍTULO SÉPTIMO

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 6 ago 2013
Se establece el Registro administrativo de entidades colaboradoras, que llevará el Departamento competente en materia de urbanismo. Se modifica por el art. único.180 de la Ley autonómica 4/2013, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2013-6875 .

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eli/es-ar/l/2009/06/17/3#disposicion-adicional-decima

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